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¿En qué consiste el «secreto bancario»? Imprimir

El secreto bancario es una de las instituciones más características del ámbito bancario. Aunque no está reconocido explícitamente en una norma legal como deber de las entidades de crédito y correlativo derecho del cliente, es comúnmente admitido como manifestación del derecho a la intimidad, en el seno de las operaciones financieras.

 

Por secreto bancario se entiende la obligación de las entidades financieras de no revelar los datos privados de una persona (cliente) conocidos a través de su actividad profesional. No obstante, habrá casos en los que la facilitación de datos a terceros, por haber en juego otros intereses dignos, asimismo, de protección jurídica, será legítima.

 

Ej.: supuestos en que la información se solicite por la autoridad judicial o administrativa y, en ocasiones, a herederos del titular fallecido del producto financiero.



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