¿Se puede aplicar la reducción del 40% del capital aportado hasta 31/12/2006 a dos planes de previsión asegurados? |
![]() |
El tratamiento fiscal de las prestaciones en forma de capital, con la posible reducción del 40%, sólo puede otorgarse a las cantidades percibidas en un único año, y ello siempre que se cumplan los requisitos necesarios para tener derecho a la reducción:
Puede aplicarse a dos planes siempre que las prestaciones se perciban en el mismo año. No obstante, es preciso indicar que si se recibe la prestación de ambos planes de previsión asegurados en forma de capital, las rentas se integrarán en la base imponible del IRPF del perceptor como rendimientos del trabajo, tributando al tipo marginal correspondiente. |
< Anterior | Siguiente > |
---|