Obligaciones impositivas

Algunos de los impuestos satisfechos por la empresa constituyen un coste de producción (IAE, IBI, IVTM, ITP, impuestos especiales…), a los que hay que adicionar las cotizaciones sociales a cargo del empleador. Su cobertura debe enfocarse, por tanto, como la de un coste corriente más.

En el caso del IVA, como regla general, aun cuando la empresa debe soportarlo en sus compras, posteriormente lo recupera del IVA que a su vez repercute a sus clientes u obteniendo su devolución de la Administración. Especialmente con motivo de grandes inversiones, la empresa puede verse obligada a anticipar importes elevados, por lo que puede necesitar obtener alguna financiación externa. En otros casos, la diferencia entre las entradas por IVA repercutido y las salidas por IVA soportado puede permitir a la empresa disponer de un excedente transitorio de tesorería.

Finalmente, la empresa debe tener presente el impacto de la imposición directa (IRPF o IS), que recae sobre los resultados de la actividad empresarial en su conjunto.