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Actualmente hay 33 Términos en este directorio que comienzan con la letra D.
Datos personales
[Personal data] Información concerniente a personas físicas identificadas o identificables. Ej.: nombre, apellidos, fecha de nacimiento, etc.

DAX 30
[German stoch exchange benchmark] Principal índice de renta variable de la bolsa de Frankfurt, que recoge la evolución de las 30 principales empresas alemanas.

Dealer
Intermediario financiero que negocia títulos valores tanto por cuenta ajena como por cuenta propia. Sociedad de valores.

Debe
[Debit column/side] Columna del libro de cuentas o documento contable de una persona física o jurídica en la que se anotan las cantidades adeudadas por ésta.

Deflactar
[Deflate] Transformar a términos reales una serie que se encuentra en términos nominales, eliminando con ello los efectos de la inflación.

Demora
[Delay, late payment] Retraso en el pago de una deuda dineraria que, de hacerse efectivo, obligará al deudor a pagar un tipo de interés específico más alto de lo normal, a causa de dicho retraso.

Depositante
[Depositor] Persona que entrega la cosa, con el derecho a recuperarla, en un contrato de depósito.

Depositario
[Depositary] Persona que toma la cosa, con la obligación de devolverla, en un contrato de depósito.

Derecho de superficie
[Right of land occupancy (BrE) – Right of acreage (AmE) – Right of superficie (Canadá)] Derecho real que confiere a su titular el derecho de poder edificar, plantar o sembrar en suelo ajeno, haciendo suya la propiedad de lo edificado, de la plantación o la siembra.

Derechos consolidados
[Vested rights] Aquéllos formados por las aportaciones realizadas a un plan de pensiones, más el rendimiento obtenido por la inversión del patrimonio del fondo, menos los gastos producidos.

Derivados
[Derivatives] Denominación genérica que se da a aquellos instrumentos que permiten una operatoria específica en distintos mercados en los que subyacen activos como productos agrícolas, energéticos, metales preciosos o productos financieros.

Descontar
[To discount] Descontar una renta que se percibirá en un momento futuro equivale a calcular el valor actual o presente de dicha renta, mediante la aplicación de una tasa de descuento.

Descubierto en cuenta
[Overdraft] Situación que se produce cuando el saldo de una cuenta bancaria es negativo. Es potestad de la entidad financiera aceptar la posibilidad de admitir el descubierto, así como establecer el límite del mismo. Un descubierto supone, a todos los efectos, un crédito que la entidad bancaria concede al titular de la cuenta en descubierto.

Descuento
[Discount] Operación bancaria que consiste en la anticipación del importe de efectos de comercio antes de su vencimiento.

Descuento de flujos
[Cash flow discount] Es un método de valoración de acciones consistente en obtener el valor de una compañía a través del descuento de sus flujos futuros de dinero.

Deuda
[Debt] Cantidad de dinero o bienes que una persona debe a otra y que constituye una obligación que se debe saldar en un plazo determinado.

Deuda soberana
[Sovereign debt] Títulos de deuda emitidos por un Estado.

Deuda subordinada
[Subordinated debt/Junior debt] Instrumento de renta fija con rendimiento explícito que, por sus peculiares características y especialmente por el hecho de computarse como recursos propios de la entidad emisora, puede considerarse como un híbrido de capital. En este sentido, la deuda subordinada ofrece una mayor rentabilidad con el objetivo de compensar el menor rango y peor orden de prelación que confieren a su titular en caso de insolvencia de la entidad emisora (ya que, en caso de insolvencia de la entidad financiera, los acreedores de la deuda subordinada serán de los últimos en poder cobrar su crédito).

Deuda tributaria
[Tax charge] Es el resultado final de la liquidación de un tributo. Se obtiene tras detraer de la cuota líquida, en su caso, los pagos efectuados a cuenta del tributo y añadir, si procede, los posibles recargos.

Devengo de un tributo
[Accrual of tax] Momento en el que se considera que se realiza el hecho imponible y nace la obligación de contribuir.

Diferencias permanentes
[Permanent differences] Diferencias entre el tratamiento fiscal (impuesto sobre sociedades) y contable sobre la consideración, como tales, de ciertos ingresos y gastos.

Diferencias temporarias
[Temporary differences] Diferencias entre el tratamiento fiscal (impuesto sobre sociedades) y contable, para los gastos e ingresos, en lo referente a su cómputo temporal o momento en que las imputaciones pueden ser realizadas.

Dinero de curso legal
[Legal tender] Moneda oficial en un Estado, en cuyo territorio goza de poder liberatorio, es decir, que los ciudadanos de ese país están obligados a aceptarla como medio de pago de una deuda.

Dividendo
[Dividend] Parte del beneficio de una sociedad anónima distribuido a los accionistas. Se trata de una renta variable, ya que su percepción está condicionada a la obtención de beneficios por la sociedad. Además, es preciso que los órganos de la sociedad aprueben la distribución de los beneficios, siempre que se cumplan los niveles mínimos de las reservas legales y estatutarias.

Dividendo a cuenta
[Interim dividend] Dividendo distribuido antes de la aprobación de las cuentas anuales. Debe acordarse por los órganos de la sociedad, bajo ciertas condiciones.

Dividendo complementario
[Final dividend] Dividendo (adicional al dividendo a cuenta) que se distribuye una vez que se ha fijado la distribución definitiva de beneficios.

Dividendo pasivo
[Uncalled capital] Cantidad de capital pendiente de desembolso por los accionistas en una sociedad anónima.

Divisa
[Currency] Moneda extranjera.

Domicilio fiscal
[Tax residence] Domicilio a efectos tributarios.

Donante
[Donor] Persona que efectúa una donación.

Donatario

[Donee] Persona que recibe una donación.


Dow Jones
[Dow Jones Industrial Average] Principal índice de renta variable de la bolsa de Nueva York, que recoge la evolución de las 30 principales empresas estadounidenses.

Dumping
Termino anglosajón que designa una operación de venta de grandes cantidades de valores negociables a cualquier precio para que se realice su venta, sin calibrar su repercusión sobre el precio o el mercado. Por «dumping» se entiende, con carácter general, la práctica de vender un producto por debajo de su coste.